CLAUSULA PRIMERA.- OBJETO
1.1. Prestar servicios técnicos y operativos por parte de EL PROVEEDOR, para que el CLIENTE ofrezca y promocione sus contenidos a usuarios de telefonía móvil, mediante el envío de SMS, entendiéndose por tales, los mensajes cortos de telefonía móvil que son enviados directamente por el CLIENTE a determinados usuarios que, con carácter previo, han prestado su consentimiento expreso al CLIENTE para recibir tal tipo de mensajes SMS.
1.2. A tales efectos, el CLIENTE solicitara mediante la Planilla Suscripción de Cliente, los datos de las personas que actuarán como usuarios de la Plataforma DCODSMS. EL PROVEEDOR facilitará los nombres de "USUARIO" con sus respectivas contraseñas para que dichas personas puedan acceder a la Plataforma DCODSMS que EL PROVEEDOR ofrece, entre otros, realizar todo tipo de acciones relativas a la gestión de sus envíos. Tanto el nombre de usuario como la contraseña son personales e intransferibles siendo responsabilidad exclusiva del CLIENTE el uso que haga de los mismos. A través del uso de la Plataforma DCODSMS, el CLIENTE podrá personalizar y gestionar los envíos.
1.3. Será responsabilidad del CLIENTE el uso adecuado de los SMS, obligándose a no utilizarlos con fines o efectos ilícitos o contrarios a lo establecido en las presentes cláusulas. Asimismo, es responsabilidad del CLIENTE prestar la diligencia debida para impedir el acceso y / o utilización de la Plataforma DCODSMS y de sus servicios por parte de terceros que accedan o utilicen en su nombre los SMS. El CLIENTE será único responsable de la pérdida, sustracción o utilización no autorizada de los mencionados SMS, responsabilizándose en todo momento de los costes y demás consecuencias económicas, administrativas y penales, tanto directos como indirectos, que se puedan derivar de tales hechos.
1.4. En relación con lo dispuesto en el apartado 1.3., EL PROVEEDOR declina cualquier responsabilidad por el uso de los SMS, que pueda realizar el CLIENTE. A este respecto, el CLIENTE se obliga a aceptar como propios frente al PROVEEDOR o ante terceros, cualesquiera pedidos, órdenes, operaciones, transacciones, consultas, notificaciones de incidencias, comunicaciones y cualesquiera otras manifestaciones de voluntad formuladas por vía electrónica o telemática, siempre que éstas se hayan efectuado mediante el uso de los SMS, y a reconocer como prueba de aquéllas y de sus contenidos, los datos que figuren en los archivos informáticos del CLIENTE.
1.5. Aún cuando EL PROVEEDOR no está obligado a realizar comprobaciones para confirmar la identidad de aquellos que usen las CONTRASEÑAS, el CLIENTE autoriza al PROVEEDOR a no ejecutar órdenes o transmitir informaciones cuando tenga dudas razonables de la identidad de la persona que las está emitiendo o recibiendo, respectivamente. Asimismo, EL PROVEEDOR se reserva el derecho de bloquear el acceso y/o anular los USUARIOS y CONTRASEÑAS si se intenta acceder al PORTAL más de 3 veces consecutivas mediante la utilización de datos erróneos. De producirse dicha circunstancia, y en caso de que EL PROVEEDOR decida bloquear el acceso a la Plataforma DCODSMS, el CLIENTE deberá ponerse en contacto con EL CANAL para solicitar su reanudación, en su caso, mediante la asignación de nuevos USUARIOS y CONTRASEÑAS.
1.6. Las variaciones técnicas o comerciales que pudieran surgir como consecuencia del cumplimiento de obligaciones comunicadas por el operador de telefonía móvil, no necesitarán el consentimiento del CLIENTE, bastando la mera comunicación a este de su entrada en vigor. Estas comunicaciones serán remitidas por EL PROVEEDOR al CLIENTE, una vez se produzcan y en el menor tiempo posible.